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  • Uruguay
A los carniceros que lleven animales a faenar al Departamento de Maldonado y regresen con carne faenada.

Exoneración del pago de la Tasa Bromatológica

09-06-2024 | 05:09:22 PM

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-RESOLUCION N№1533/2024.

Rocha, 07 JUN 2024

VISTO: la Resolución 1137/2024 del 29/4/2024, por la cual se remite mensaje a la Junta Departamental de Rocha a los efectos de que la misma habilite la exoneración del pago de la Tasa Bromatológica a los carniceros que lleven animales a faenar al Departamento de Maldonado, y regresen con carne faenada, y a los efectos de la exoneración, la misma se otorgará exclusivamente a las carnicerías habilitadas por los organismos correspondientes; el traslado de regreso de la carne faenada debe realizarse en vehículos habilitados a dicha efecto; y se deberá controlar que la carne que se ingresa proviene de los mismos animales llevados a la faena, y que el kilaje a ingresar es el equivalente a la res faenada, lo que podrá hacerse con el parte de faena correspondiente.

CONSIDERANDO: que el Legislativo Departamental se expide a través del Decreto Departamental Nº 3 / 2024 de fecha 28 de mayo de 2024. correspondiendo proceder a su promulgación.

 

ATENTO: a sus facultades.

EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE ROCHA RESUELVE:

1°) Promulgar el Decreto Departamental N°3/2024 del 28 de mayo de 2024, respecto a la exoneración de pago de la Tasa Bromatológica a los carniceros que lleven a faenar a Maldonado y regresen con carne faenada.

2°) Registrese, publicar a través de la Secretaría de Comunicaciones, pase a la Dirección de Fiscalización de Ingresos Registro y Liquidaciones para conocimiento, difusión a las carnicerías habilitadas, y a quienes entienda corresponda, siga a la Dirección General de Hacienda y a conocimiento y registro de la División Juridica. AUC/jos

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